La Resolución N° 155/2016 de la Secretaría de Comercio, modificatoria del art. 2° de la Resolución N° 653/1999 de la ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería, obliga a todos los fabricantes e importadores de papel envasado a certificar los productos que deseen comercializar en el país mediante un sistema ISO 5 (Marca de Conformidad).
El Instituto Nacional de Tecnología Industrial ha sido reconocido como Organismo de Certificación para la aplicación de estas Resoluciones mediante la Disposición N° 990/1999 de la Dirección Nacional de Comercio Interior, y el Centro INTI- Celulosa y Papel del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, ha sido reconocido como laboratorio para la realización de ensayos en aplicación del régimen establecido por las citadas Resoluciones, mediante la Disposición N° 997/1999 de la Dirección Nacional de Comercio Interior. Ambos reconocimientos fueron ratificados en la reciente Resolución 465-E/2016.
Debe completarse una Solicitud por cada planta elaboradora de productos, y por cada producto, según las siguientes definiciones:
TIPO DE PRODUCTO | NORMA | PRESENTACIÓN |
Papel obra primera (impresión) | IRAM 3100 | Bobinas |
IRAM 3100 IRAM 3123 | Resmas Paquetes Hojas (skids) | |
Papel para fotocopiado con polvos secos | IRAM 3124 | Bobinas |
IRAM 3124 IRAM 3123 | Resmas Paquetes Hojas (skids) | |
Papel comercial color | IRAM 3101 | Bobinas |
IRAM 3101 IRAM 3123 |
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Papel para documentos | IRAM-ISO 9706 | Bobinas Resmas Paquetes Hojas (skids) |
Normativa
Proceso