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Organismo de Certificación

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Certificaciones campo regulado / Productos

Autopartes de seguridad

La ley Nº 24.449 establece que todo componente o pieza destinada a repuestos de vehículos automotores, acoplados o semiacoplados, definidos como “autopartes de seguridad”, que se fabriquen en el país o se importen, para poder comercializarse en el mercado de reposición exclusivamente, deben cumplir las condiciones de seguridad según lo establecido en la Resolución 91/2001. Para ello deben estar certificadas como repuesto no original según Decreto 779/95.

Pasos a seguir

Pagina en actualización,  por consultas enviar mail a:

lvazques@inti.gob.ar 
hzarate@inti.gob.ar
certifica@inti.gob.ar   

o comunicarse   al  4724-6200/6300 int. 6751