De acuerdo a la Resolución Nº 599-E/2017 de la Secretaria de Comercio, se instituye el régimen de certificación obligatoria de requisitos esenciales de seguridad de radiadores de aluminio y elementos o secciones que lo componen, independiente si estén ensamblados o no en bloque, y que se utilizan para sistemas de calefacción por agua caliente o vapor.
Los fabricantes nacionales e importadores de los productos serán los responsables de hacer certificar el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos, mediante una certificación de producto conforme al sistema Nº 5 (por marca de conformidad), otorgada por un organismo de certificación reconocido por la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
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