Licencia de Configuración de Modelo
Es un documento otorgado por la Secretaría de Industria de la Nación, que acredita al Fabricante/Importador de vehículos nuevos, el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva, exigidos a un vehículo automotor, acoplado o semirremolque para ser librado al tránsito público.
Constancia Técnica
Es un documento otorgado por la Secretaría de Industria de la Nación a un Fabricante/Importador de Vehículos nuevos, que acredita el cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos para un chasis, antes de ser carrozado.
Ambos documentos son iniciados, cobrados y emitidos por el Ministerio de Producción y Trabajo, el cual delega la responsabilidad de la verificación técnica al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.
Definición de ACTUALIZACIÓN de LCM – Resolución 421/2022 MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
(1): Se considerará actualización administrativa de la Licencia para la Configuración de Modelo (LCM) a toda modificación respecto de la información referida en el punto 1. “De Carácter Descriptivo” de la Sección I del Anexo P del Decreto N° 779/1995 y sus modificatorios. La actualización administrativa en ningún caso podrá modificar aspectos técnicos declarados en la homologación original, como así tampoco en los reportes de ensayos previamente aprobados. A los fines de requerir la actualización administrativa, los interesados deberán presentar los documentos que acrediten la modificación de la información obrante en la Licencia para Configuración de Modelo (LCM) vigente.
(2): Se considerará Actualización Técnica a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada, concerniente a la Sección I, punto 2. “De Naturaleza Técnica. Memoria Descriptiva”, y a la Sección III del Anexo P del Decreto Nº 779/95 y sus modificatorios. Dicha actualización podrá contener nuevos ensayos o actualizaciones de los aprobados oportunamente. En caso de existir un nuevo ensayo, deberá ser cargado y modificada la Sección III con la tabla actualizada.
(3): Se considerará Actualización Técnica-Administrativa a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada, concerniente a la Sección I, puntos 1. “De Carácter Descriptivo” y 2. “De Naturaleza Técnica. Memoria Descriptiva”, y a la Sección III del Anexo P del Decreto Nº 779/95 y sus modificatorios.
Todo Fabricante y/o Importador que desee obtener L.C.M. / C.T. debe:
Categorías
La descripción de cada categoría se encuentra definida por el Decreto 779/1995 Anexo A: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/30389/texactdto779-1995-anexoA.htm
Si usted desea saber si distintos modelos aplican en la misma solicitud de LCM, verifíquelo en la siguiente Matriz de diversificación
Según DI-2024-12-APN-DPYC#INTI – B.O. N° 23208/24 del 23/04/2024
CATEGORIAS L, O y Constancias Técnicas | |
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Actualización Técnica administrativa | $ 2.640.000 |
Actualización técnica 1 cambio | $ 265.000 |
Actualización Técnica 2 a 5 cambios | $ 1.320.000 |
Actualización Técnica 6 a 8 cambios | $ 2.110.000 |
CATEGORIAS M1, N1, M2, M3, N2, N3 o Bitren | |
---|---|
Actualización Técnica administrativa | $ 5.280.000 |
Actualización técnica 1 cambio | $ 530.000 |
Actualización Técnica 2 a 5 cambios | $ 2.640.000 |
Actualización Técnica 6 a 8 cambios (M1, N1, N2, N3) | $ 4.620.000 |
Actualización Técnica 6 a 8 cambios (M2, M3 o Bitren) | $ 4.160.000 |
• ATA: Actualización Técnica – Administrativa
• AT: Actualización Técnica
• Cantidad de cambios: Se entiende por cambios a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada y se contabilizan dependiendo de las cantidades de modificaciones de cada apartado de la sección I (Técnica), más los ítems de seguridad de la sección III que no se puedan vincular con los anteriores. Cuando la cantidad de cambios sea superior a ocho (8) se cobrará como un ATA de su misma categoría.
• Aclaración: Cualquier modificación del apartado 1 de la Sección I (Descriptiva) que no modifique a la LCM vigente, se contabilizará también como un cambio.
Instrucciones de Formas de PAGO:
RELIAU - Red de laboratorios para la industria automotriz y autopartista
Actualización LCM - Formularios
Documentación a Presentar/ Carpeta Técnica
Solicitud (Sección I) dependiendo su categoría:
Sección II
Ensayos y declaración Jurada (sección III)
De corresponder información de verificación categoría PyME
Marco Normativa principales
Leyes
Decretos
Resoluciones
Disposiciones
Vínculos externos Técnicos