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Departamento de regulaciones automotrices

Departamento Regulaciones Automotrices
Departamento de regulaciones automotrices / a. Licencia de Configuración de Modelo

02. Licencia para la configuración de modelo - LCM / Actualización

Licencia de Configuración de Modelo
Es un documento otorgado por la Secretaría de Industria de la Nación, que acredita al Fabricante/Importador de vehículos nuevos, el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva, exigidos a un vehículo automotor, acoplado o semirremolque para ser librado al tránsito público.

Constancia Técnica
Es un documento otorgado por la Secretaría de Industria de la Nación a un Fabricante/Importador de Vehículos nuevos, que acredita el cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos para un chasis, antes de ser carrozado.

Ambos documentos son iniciados, cobrados y emitidos por el Ministerio de Producción y Trabajo, el cual delega la responsabilidad de la verificación técnica al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL.

Definición de ACTUALIZACIÓN de LCM – Resolución 421/2022 MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

(1): Se considerará actualización administrativa de la Licencia para la Configuración de Modelo (LCM) a toda modificación respecto de la información referida en el punto 1. “De Carácter Descriptivo” de la Sección I del Anexo P del Decreto N° 779/1995 y sus modificatorios. La actualización administrativa en ningún caso podrá modificar aspectos técnicos declarados en la homologación original, como así tampoco en los reportes de ensayos previamente aprobados. A los fines de requerir la actualización administrativa, los interesados deberán presentar los documentos que acrediten la modificación de la información obrante en la Licencia para Configuración de Modelo (LCM) vigente.
(2): Se considerará Actualización Técnica a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada, concerniente a la Sección I, punto 2. “De Naturaleza Técnica. Memoria Descriptiva”, y a la Sección III del Anexo P del Decreto Nº 779/95 y sus modificatorios. Dicha actualización podrá contener nuevos ensayos o actualizaciones de los aprobados oportunamente. En caso de existir un nuevo ensayo, deberá ser cargado y modificada la Sección III con la tabla actualizada.
(3): Se considerará Actualización Técnica-Administrativa a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada, concerniente a la Sección I, puntos 1. “De Carácter Descriptivo” y 2. “De Naturaleza Técnica. Memoria Descriptiva”, y a la Sección III del Anexo P del Decreto Nº 779/95 y sus modificatorios.

Requisitos

Todo Fabricante y/o Importador que desee obtener L.C.M. / C.T. debe:

Categorías

La descripción de cada categoría se encuentra definida por el Decreto 779/1995 Anexo A: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/30389/texactdto779-1995-anexoA.htm

Si usted desea saber si distintos modelos aplican en la misma solicitud de LCM, verifíquelo en la siguiente Matriz de diversificación

Pasos a seguir

  1. Identifique qué categoría y subcategoría corresponde a los nuevos modelos para los que se desea obtener la licencia.
  2. Realice los ensayos requeridos correspondientes a su categoría y sub categoría. Consultar a través de RELIAU sobre los laboratorios acreditados. 
  3. Completar la documentación técnica según lo indicado en los instructivos correspondiente a su categoría. Los instructivos podrán ser descargados en esa página en la sección “Instructivos”.
    IMPORTANTE: La información suministrada en el Anexo P se entrega con carácter de Declaración Jurada. La misma debe coincidir con lo reflejado en los ensayos.
  4. Ingrese a Trámites a Distancia (TAD). Si es la primera vez que accede, tiene que adherir a ese servicio en la web de AFIP. Si va a realizar el trámite en nombre de una empresa, necesitará tener la delegación de servicios vía AFIP.
    Para más información de Trámite a Distancia puede consultar el siguiente instructivo: Instructivo TAD
  5. Complete los Formularios y adjunte TODA la información y los ensayos solicitados para su categoría. 
  6. En el aplicativo TAD se deberá adjuntar el comprobante de PAGO. 
    En la sección Aranceles podrá encontrar los distintos aranceles, formas de pagos e información de descuentos para PyMEs

Arancel

Según DI-2024-12-APN-DPYC#INTI – B.O. N° 23208/24 del 23/04/2024

CATEGORIAS L, O y Constancias Técnicas
Actualización Técnica administrativa $ 2.640.000
Actualización técnica 1 cambio $ 265.000
Actualización Técnica 2 a 5 cambios $ 1.320.000
Actualización Técnica 6 a 8 cambios $ 2.110.000

 

CATEGORIAS M1, N1, M2, M3, N2, N3 o Bitren
Actualización Técnica administrativa $ 5.280.000
Actualización técnica 1 cambio $ 530.000
Actualización Técnica 2 a 5 cambios $ 2.640.000
Actualización Técnica 6 a 8 cambios (M1, N1, N2, N3) $ 4.620.000
Actualización Técnica 6 a 8 cambios (M2, M3 o Bitren) $ 4.160.000

• ATA: Actualización Técnica – Administrativa
• AT: Actualización Técnica
• Cantidad de cambios: Se entiende por cambios a toda modificación respecto de la configuración del vehículo originalmente aprobada y se contabilizan dependiendo de las cantidades de modificaciones de cada apartado de la sección I (Técnica), más los ítems de seguridad de la sección III que no se puedan vincular con los anteriores. Cuando la cantidad de cambios sea superior a ocho (8) se cobrará como un ATA de su misma categoría.

• Aclaración: Cualquier modificación del apartado 1 de la Sección I (Descriptiva) que no modifique a la LCM vigente, se contabilizará también como un cambio.

Instrucciones de Formas de PAGO: 

Descarga de documentos

RELIAU - Red de laboratorios para la industria automotriz y autopartista

Actualización LCM - Formularios

Documentación a Presentar/ Carpeta Técnica
Solicitud (Sección I) dependiendo su categoría:

  • L
    Anexo P Categoría L
  • M1 / N1
    Anexo P Categoría M1/N1
  • M2 /M3
    Anexo P M2/M3
  • N1
    Anexo P Categoría N1
  • N2 /N3
    Anexo P Categoría N2/N3
  • O
    Anexo P Categoría O
    Constancia Técnica

Sección II
Ensayos y declaración Jurada (sección III)
De corresponder información de verificación categoría PyME

Marco Normativa principales
Leyes

Decretos

Resoluciones

Disposiciones

Vínculos externos Técnicos