El trabajo registrado bajo relación de dependencia le permite al empleado acceder a los beneficios que el Estado establece y garantiza a través de sus leyes
Aquéllos que comprenden ayudas económicas al trabajador (por Ej.: asignación familiar, por adopción o ayuda escolar) son abonadas por el estado a través de la ANSES.
El empleado registrado, cuenta además con un recibo de sueldo que le permite acceder a todo tipo de créditos y beneficios financieros
Tiene jornada de trabajo limitada
Garantiza la estabilidad laboral relativa del trabajador, es decir actúa como barrera (Indemnización) ante un posible despido arbitrario.
Tiene garantizado la cobertura de una A.R.T. (*) (Aseguradora de riesgos del trabajo) ante accidentes laborales, asesoramiento en seguridad e higiene, etc.
Tiene una obra social para el titular y su familia
Tiene los beneficios gremiales como por ejemplo: turismo, actividades recreativas, etc.
Tiene sueldo anual complementario (aguinaldo)
Tiene los beneficios del Convenio Colectivo de trabajo (viáticos, refrigerios, escalafón, antigüedad, ropa de trabajo entre otros)
Tiene aportes jubilatorios
Tiene salario de acuerdo al Convenio Colectivo de trabajo (con las actualizaciones correspondientes)
Tiene acceso a una pensión para la familia en casa de fallecimiento del trabajador
Tiene licencias (vacaciones pagas, maternidad, enfermedad)
Tiene seguro de desempleo y de vida obligatorio
Si tiene la cuenta bancarizada tiene descuentos y beneficios en sus compras por tarjeta de debito aumentando su poder adquisitivo
Para obtener más información acerca de los beneficios mencionados se puede visitar la página http://www.trabajo.gob.ar/derechos
Prevención
(*)A.R.T
Los derechos y obligaciones del empleador, del trabajador y de la SRT son
Derechos y obligaciones del trabajador
Trabajar en un ambiente sano y seguro.
Conocer los riesgos asociados a su tarea.
Recibir capacitación sobre métodos de prevención.
Recibir los elementos de protección personal.
Conocer cuál es su ART.(**)
Si sufrió un accidente o enfermedad laboral tiene derecho a:
Recibir de la ART la asistencia médica hasta su curación completa.
Recibir los pagos mensuales en caso de accidente o enfermedad profesional y la indemnización en los casos que corresponda.
Derechos y obligaciones del empleador
Informar a sus trabajadores a cuál ART está afiliado.
Recibir información y asesoramiento de su ART sobre la existencia de riesgos en su actividad; sobre la elección y uso de elementos de protección personal; sobre la seguridad en el empleo de productos químicos y biológicos; y acerca de la capacitación a sus trabajadores sobre salud y seguridad en el trabajo.
Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes.
Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
Denunciar incumplimientos de su Aseguradora de Riesgos del Trabajo ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (a)
Algunas funciones que tiene este Organismo Estatal son:
Controlar que se cumplan las normas de salud y seguridad en el trabajo
Controlar a las A.R.T. (Aseguradoras de riesgos del trabajo)
(**)Consultas sobre cual es mi A.R.T.
(a) Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)
Bartolomé Mitre 751, Planta Baja,
(1036) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Teléfono: (54–11) 4321–3500, líneas rotativas.
Línea Gratuita: 0800–666–6778.
E–mail: srt@srt.gov.ar |