| De acuerdo a la Resolución 220/2003, se instituye el régimen
de certificación obligatoria de requisitos esenciales de seguridad
para la comercialización de bicicletas nuevas.
El INTI ha sido reconocido, mediante la Disposición 1/2004
y 3/2004 para actuar como Organismo de Certificación en este
ámbito.
La certificación de bicicletas por marca de conformidad,
se realizará según el modelo No 5 de la Organización
Internacional de Normalización (ISO), indicado en la Guía
ISO/IEC 28 (IRAM 354).
Documentación necesaria para iniciar el proceso de certificación:
· Solicitud
de Certificación
· Información
preliminar para EAT
Documentación vigente:
Resolución 220/2003 de la
Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña
y Mediana Empresa
Disposición Conjunta 1/2004 de
la Subsecretaría de Industria y 3/2004 de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial.
Disposición Conjunta 4/2004 de
la Subsecretaría de Industria y 5/2004 de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial.
Normativa aplicable:
Norma IRAM 40020/1997: aplicable a bicicletas de uso público
en las que el asiento puede ajustarse a una altura de 635 mm o más.
Norma MERCOSUR 301/2002: aplicable a bicicletas en las que la altura
máxima del asiento es mayor que 435 mm y menor que 635 mm,
propulsada mediante un dispositivo de transmisión a la rueda
trasera.
Para mayor información, comunicarse con:
Ing. Gabriel Vignola
Tel.: 4724 – 6212
gv@inti.gov.ar
Ing. Karina Bisciotti
Tel.: 4724 – 6242
bisciotti@inti.gov.ar |